Coordinación de Servicio Social Profesional

El servicio social universitario actualmente se rige por el Reglamento de servicio social de la Universidad Autónoma de Baja California, el cual estipula:


Artículo 13. El servicio social universitario estará estructurado en dos etapas:


II. La SEGUNDA etapa, denominada servicio social PROFESIONAL, comprende el conjunto de actividades que realicen los alumnos que cursen estudios de licenciatura, encaminadas al a la aplicación de conocimientos, aptitudes y valores que hayan obtenido en el proceso de su formación universitaria.

Artículo 17. La segunda etapa del servicio social comprende la prestación de un mínimo de 480 horas.

Artículo 19. El alumno puede iniciar la segunda etapa del servicio social cuando haya acreditado el sesenta por ciento de los créditos del plan de estudios que cursa.

Artículo 20. Cuando el alumno cubra el 85% de sus créditos y no se haya asignado a la segunda etapa, únicamente se autorizará su reinscripción con una carga académica que no podrá exceder de tres unidades de aprendizaje en tanto no le sea acreditada esta etapa.

En la página serviciosocial.uabc.mx encontraras el catálogo de unidades receptoras donde podrías asignarte y cubrir el servicio social, puedes consultar los procedimientos disponibles en este sitio, y si tienes alguna duda puedes comunicarte con el responsable de servicio social de tu unidad académica, haciendo clic aquí para ver la lista de responsables.

 

Coordinador de Área: Dr. Rigoberto Martínez Clark

Correo: rigoberto.martinez@uabc.edu.mx